Derechos Humanos

Derechos Humanos 
Los derechos humanos son aquellas «condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización». En consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».

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ACNUR
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR, en inglés UNHCRUnited Nations High Commissioner for Refugees) es el organismo de las Naciones Unidas encargado de proteger a los refugiados y desplazados por persecuciones o conflictos, y promover soluciones duraderas a su situación, mediante el reasentamiento voluntario en su país de origen o en el de acogida. Tiene su sede en Ginebra, Suiza, y más de 250 oficinas repartidas por todo el mundo. El derecho al asilo y refugio es contemplado en la Declaración Universal de Derechos Humanos:
  1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  1. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
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Ámbito de Aplicación

Los derechos han evolucionado a lo largo de la historia según las necesidades de cada circunstancia, época y momento histórico. Se han definido y redefinido para velar por el respeto de los principios inherentes a la condición humana.

En el caso de los derechos sociales, estos surgen ante la necesidad de cumplir la ley en aquellos aspectos en los que las personas puedan sentirse desprotegidas o en los casos en que carezcan de reconocimiento dentro de su comunidad, población, nación, país, grupo o sociedad.
Desde esta perspectiva, el derecho social es netamente reivindicativo, en especial con aquellos colectivos que han sido excluidos por alguna circunstancia social o política: indígenas, niños, afrodescendientes, mujeres, personas con alguna discapacidad y otros grupos minoritarios.

O dicho de otro modo, el principal objetivo del derecho social es intervenir  en situaciones de exclusión, discriminación, explotación y desigualdad para velar por el reconocimiento de las personas afectadas.
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Organización
El ACNUR se rige por la Asamblea General de Naciones Unidas y el Consejo Económico y social (ECOSOC).  El Comité Ejecutivo del ACNUR aprueba los programas bianuales del ACNUR y su correspondiente presupuesto.  Estos son presentados por el Alto Comisionado (en estos momentos Filippo Grandi), que es nombrado por la Asamblea General de Naciones Unidas.El mandato del ACNUR está definido en el Estatuto del ACNUR de 1950. En el 2003, la Asamblea General de la ONU extendió el mandato del Alto Comisionado“hasta que se resuelva el problema de los refugiados.”.  El Alto Comisionado reporta anualmente a la Asamblea General y el ECOSOC sobre las labores del ACNUR.  Como jefe de la organización el Alto Comisionado es responsable por la dirección y control del ACNUR y cuenta para ello con la ayuda del Alto Comisionado Adjunto y el Alto Comisionado Adjunto para Protección y Operaciones.El ACNUR cuenta con un personal nacional e internacional de más de 10.700 personas que trabajan en 128 países.  La mayoría de las actividades del ACNUR se desarrollan en el terreno. La operación en todo el mundo se ha tornado más compleja y comprende desde la contratación de nuevo personal y garantizar su seguridad en situaciones peligrosas hasta la compra de todo tipo de insumos, desde suministros médicos y alimentos al por mayor hasta la contratación de aviones chárter. Departamentos específicos, en su mayoría basados en las oficinas centrales del ACNUR en Ginebra, supervisan áreas clave, tales como operaciones, protección, relaciones externas, recursos humanos y finanzas. Un número de oficinas regionales actúan como enlace entre oficinas en el extranjero y la sede.En el terreno el trabajo del ACNUR es dirigido por una serie de oficinas regionales, oficinas locales, suboficinas y oficinas en el terreno.  Representantes del Alto Comisionado dirigen las operaciones en los países en que trabaja el ACNUR, y en algunos casos existen representantes regionales.
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Pacto de San José

 Los Estados Americanos signatarios de la presente Convención, Reafirmando su propósito de consolidar en este Continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre; Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos; Considerando que estos principios han sido consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que han sido reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales, tanto de ámbito universal como regional; Reiterando que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos, y Considerando que la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria (Buenos Aires, 1967) aprobó la incorporación a la propia Carta de la Organización de normas más amplias sobre derechos económicos, sociales y educacionales y resolvió que una convención interamericana sobre derechos humanos determinara la estructura, competencia y procedimiento de los órganos encargados de esa materia
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